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30/10/11, 02:58 | #1 |
ametlla - torn C
Bomber Generalitat
Fecha Registro: mar 2010
Mensajes último año: 1
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Extintores en las escaleras de las comunidades
Repasando de casualidad este artículo sore el Windsor, http://www.belt.es/expertos/experto.asp?id=2470 me recordó de nuevo la peculiaridad a la que nos enfrentamos respecto a las medidas contraincendios de los edificios.
Como bien recuerda el artículo, las normativas (NBE CPI 82 / NBE CPI 96 / CTE) en España no tienen carácter retroactivo, sino que sólo aplican a nuevas construcciones y aquellas comunidades que realizan reformas con proyecto como la instalación de ascensor o reformas de importancia. La peculiaridad que más me llama la atención es que los edificios anteriores a la NBE CPI 82 (1982) no están obligados ni siquiera a tener extintores en las escaleras. Una medida que no tiene implicación alguna en el diseño y que podría actualizarse por 30€ por planta en cualquier tipo de construcción. En relación a ésto, me recuerdo por ejemplo de un aviso de incendio de coche al que acudimos. De los pocos coches a los que he salido que seguramente no ha resultado siniestro total (en cuanto se funden manguitos y plásticos de un coche es fácil llegar a ello con incendio apenas declarado). El chico sabía este tema de los extintores, paró en el primer portal modernito que vió, logró le abrieran y salvó el coche cogiendo el primer extintor de la escalera. Pues como truco a enseñar queda cutre, pero yo compruebo que la policía local o mossos no suele saber esto. Y es que si llegan a cualquier incendio y no disponen de extintor en el vehículo (o lo han gastado) y el immueble es antiguo, mientras esperan nuestra llegada pueden buscar extintores en los edificios modernos cercanos y utilizarlos si aún el fuego está incipiente. Actualmente (CTE) la exigencia de extintores fija disponibilidad en un radio de 15m de cada punto de origen de evacuación. Última edición por Pablo Castro; 07/06/14 a las 01:27. Movido por Pablo Castro; 04/02/13 at 22:17 desde user2 |
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27/11/11, 13:01 | #2 |
ametlla - torn C
Bomber Generalitat
Fecha Registro: mar 2010
Mensajes último año: 1
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Casualmente me he encontrado esta noticia recientemente:
http://www.consumer.es/web/es/medio_ambiente/2011/11/24/205209.php Resulta que en materia energética España aplica el mismo criterio que para la Protección Contra Incendios: Sólo grandes reformas (con proyecto) o edificios nuevos, y la UE lo ha denunciado recientemente. Me gustaría saber si mantenemos con Europa la misma diferencia en materia de prevención de incendios, o si otroa países de la UE uniforman sus medidas para que no sean sólo aplicables a los edificios nuevos o recién reformados. |
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