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Decreto 56/2009 - Impulso de los medios electrónicos en la Admon.
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Antiguo 05/01/12, 16:15   #1
user2
ametlla - torn C
Bomber Generalitat
xcinco
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Fecha Registro: mar 2010
Mensajes último año: 1
icon Decreto 56/2009 - Impulso de los medios electrónicos en la Admon.

Ayer me topé por casualidad con al ley de impulso de la administración electrónica.

La norma concreta obligaciones para con los ciudadanos pero no tanto las relaciones con los trabajadores o entre organismos internos. Aún así tiene un espíritu muy claro de favorecer la comunicación online en todos los ámbitos.

Y me sigo sorprendiendo de que en el 2012 nosotros accedemos a la información de nuestro trabajo casi exclusivamente a través de una Intranet (salvedad del portal ATRI para las nóminas). Compartimos una cuenta de correo email para todo el parque (existe una personal, pero creo que nunca se ha utilizado aún) y lo que culmina todo, sólo disponemos de un ordenador de parque (si no contamos el del cap de parc) para acceder a la información todo el turno.

Recientemente gozamos de navegación Internet pero con un filtro muy severo que apenas deja acceder a webs de fabricantes de herramientas para bajarte un manual (la última guardia intenté bajar un manual de una motosierra Stihl sin éxito).

El colofón es que este dominio está igualmente filtrado a la navegación a pesar de haber sido solicitado convenientemente.

Internet es algo que no tiene vuelta atrás en el mundo actual. De nosotros depende simplemente decidir si queremos ir a la cabeza o a remolque de esta evolución.


Cita:
Las medidas establecidas en este Decreto tienen por finalidad:
a) Ordenar e impulsar la administración electrónica, con el objetivo de mejorar la eficiencia interna, las relaciones intra e interadministrativas y las relaciones de los entes ***** con los ciudadanos y ciudadana


Artículo 5
Impulso
El Gobierno de la Generalidad de Cataluña debe implantar progresivamente el uso de los medios electrónicos en las comunicaciones, relaciones, trámites y prestaciones de servicios con los ciudadanos y ciudadanas, así como en sus comunicaciones internas y con otras administraciones públicas e instituciones


Artículo 12
Comunicaciones internas entre los departamentos y organismos de la Generalidad
  • 1. Los entes ***** utilizan preferentemente el correo electrónico en sus comunicaciones internas, ya sea dentro de un mismo departamento u organismo o entre los diferentes departamentos u organismos.
  • 2. El correo electrónico puede sustituir las comunicaciones en papel, sin perjuicio de la firma electrónica, si procede, de la documentación adjunta.
  • 3. La Secretaría de Función Pública y Modernización de la Administración, en coordinación con la Dirección General de Atención Ciudadana, debe impulsar la conexión del correo electrónico con la aplicación de registro corporativo, denominada S@rcat, a in de que el correo electrónico se pueda utilizar en las comunicaciones que tengan que ser registradas

**** La Administración de la Generalidad, sus organismos autónomos y entidades autónomas, entidades de derecho público vinculadas o dependientes y entes en que la Generalidad partipa, directamente o indirectamente, en el 100% de su capital o fondo patrimonial.
Archivos Adjuntos
Tipo de Archivo: pdf impulso y desarrollo de los medios electrónicos en la Administración de la Generalitat.pdf (274,4 KB (Kilobytes), 12 visitas)

Última edición por Pablo Castro; 08/01/12 a las 17:15. Movido por Pablo Castro; 05/01/12 at 16:33 desde user2
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